5- JUSTICIA ELECTORAL

5.5 Conflictos relacionados con el ejercicio de la función pública

5.5.d) Parcialidad, participación o beligerancia política prohibida de los funcionarios públicos

Aplicación de principio de inocencia en caso de mediar incerteza en procesos por parcialidad o beligerancia política de servidores del Estado.

Las investigaciones por parcialidad o beligerancia política de los servidores del Estado comportan, dada la gravedad de la sanción que prevé el numeral 102 inciso 5) de la Constitución Política (destitución e inhabilitación del funcionario público para ejercer cargos públicos por un período no menor a dos años), una demostración clara, precisa y circunstanciada de los hechos denunciados, previa acreditación de los lugares, días y horas en que ocurrieron. De no ser así y, de mediar incerteza respecto de los cargos endilgados, se impone el principio de presunción de inocencia a favor de la persona denunciada, al estarse ante materia odiosa en la que, por principio universal de derecho, priva la interpretación restrictiva de la norma y la aplicación del principio in dubio pro reo que significa que, en caso de duda, debe estarse a la aplicación más favorable al funcionario público cuestionado.

N.° 5624-E6-2010 de las nueve horas diez minutos del veinticuatro de agosto de dos mil diez. Denuncia por parcialidad o participación política interpuesta por Jonathan Granados Castillo, cédula n.º 3-379-372, en contra de la señora Janitzia Zamora Mora, jefa del Departamento de Bienes Inmuebles, y de los señores Arturo Rodríguez Morales, regidor municipal, y Luis Fernando Castro Vega, oficinista, todos de la Municipalidad de Turrialba.